
AL FINAL DEL ARTÍCULO ENCONTRARÁS EL PDF CON EL DOCUMENTO OFICIAL DEL MUNICIPIO EN EL QUE ESTÁN LAS FECHAS DE VENCIMIENTO
Impuesto de Industria y comercio
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es uno de los tributos más importantes en Colombia a nivel municipal. Este impuesto recae sobre las actividades industriales, comerciales y de servicios realizadas en una jurisdicción territorial específica, generando ingresos significativos para los municipios. A continuación, se explican en detalle los aspectos esenciales de este impuesto, incluyendo sus variantes, normatividad aplicable, periodicidades y más.
¿Qué es el Impuesto de Industria y Comercio (ICA)?
El ICA es un impuesto de carácter territorial que grava las actividades económicas desarrolladas dentro de un municipio. Estas actividades se clasifican en tres categorías principales:
- Industriales: Producción, extracción y transformación de bienes.
- Comerciales: Compra y venta de bienes al por mayor y al detal.
- Servicios: Actividades como transporte, consultoría y publicidad.
Cada municipio tiene autonomía para establecer las tarifas y normativas específicas que regulan este impuesto, dentro de los límites establecidos por la ley.
Respecto a las fechas de vencimiento para el impuesto de Industria y Comercio, hay municipios con declaraciones mensuales, bimestrales y anuales. Todo depende de lo que fije cada municipio, por lo que es muy importante remitirse a las normativas tributarias de cada uno de ellos.
Recaudo anticipado del ICA: Retención y Autorretención
Retención de Industria y Comercio (ReteICA)
La retención en la fuente del ICA es un mecanismo de recaudo anticipado que busca garantizar el pago del impuesto por parte de los contribuyentes. Se aplica cuando una empresa o entidad efectúa pagos a un tercero por conceptos sujetos al ICA. El agente retenedor deduce un porcentaje del pago y lo transfiere directamente a la administración municipal correspondiente. Esta obligación depende de cada municipio, por lo que es muy importante remitirse a las normativas tributarias de cada uno de ellos.
Autorretención de Industria y Comercio
La autorretención, por su parte, es un esquema en el que el propio contribuyente calcula y declara anticipadamente una parte del impuesto que deberá pagar. Este mecanismo suele aplicarse a empresas de mayor tamaño, que son responsables de anticipar parcialmente su obligación tributaria. Esta obligación depende de cada municipio, por lo que es muy importante remitirse a las normativas tributarias de cada uno de ellos.
Periodicidad y Presentación del Impuesto
La periodicidad del ICA varía según la normatividad de cada municipio y el tipo de actividad económica desarrollada. En general, los periodos de declaración pueden ser:
Bimestral o Mensual: Aplicable en muchos casos a grandes contribuyentes y agentes retenedores.
Anual: Usualmente utilizado por pequeños contribuyentes o empresas con menor volumen de operaciones.
Es fundamental que los contribuyentes consulten la normativa específica de su municipio para asegurarse de cumplir con las fechas establecidas.
Territorialidad y Normatividad
La territorialidad del ICA implica que el impuesto se causa en el municipio donde se realiza la actividad gravada. Esta característica permite que los recursos recaudados beneficien directamente a la comunidad local. Es relevante tener en cuenta que cada municipio tiene su propio estatuto tributario. Aunque cada municipio es independiente en su regulación, todos deben regirse por las leyes asociadas al ICA. A continuación, se describen brevemente las normativas más relevantes:
- Ley 97 de 1913: Otorga a los municipios la potestad de crear y administrar impuestos para financiar servicios locales, incluyendo el ICA.
- Ley 56 de 1981: Introduce disposiciones específicas para regular ciertos aspectos del impuesto, como su aplicación en actividades industriales y comerciales.
- Ley 14 de 1983 (Reorganiza y Unifica): Reorganiza la estructura del ICA, definiendo su alcance y las actividades gravadas.
- Decreto-Ley 1333 de 1986: Establece las bases gravables y los procedimientos administrativos para la gestión del impuesto.
- Decreto-Ley 1421 de 1993 (Cambios Bogotá): Implementa reglas especiales para el Distrito Capital, ajustando su régimen tributario a sus características particulares.
- Ley 1430 de 2010 (Nuevos Sujetos Pasivos): Amplía la base de contribuyentes al incluir nuevas actividades económicas dentro del alcance del ICA.
- Ley 1559 de 2012 (Base Distribuidores productos impuesto al consumo): Define bases gravables específicas para distribuidores de productos sujetos a impuestos al consumo.
- Ley 1607 de 2012: Introduce modificaciones a las tarifas y al procedimiento de declaración del impuesto.
- Ley 1819 de 2016: Establece disposiciones generales del ICA, y una de las más importantes es explicar como definir la territorialidad del impuesto en el artículo 343:
«ARTÍCULO 343. Territorialidad del impuesto de industria y comercio.
El impuesto de industria y comercio se causa a favor del municipio en el cual se realice la actividad gravada, bajo las siguientes reglas:
Se mantienen las reglas especiales de causación para el sector financiero señaladas en el artículo 211 del Decreto-ley 1333 de 1986 y de servicios públicos domiciliarios previstas en la Ley 383 de 1997.
En la actividad industrial
se mantiene la regla prevista en el artículo 77 de la Ley 49 de 1990 y se entiende que la comercialización de productos por él elaborados es la culminación de su actividad industrial y por tanto no causa el impuesto como actividad comercial en cabeza del mismo.
En la actividad comercial
se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Si la actividad se realiza en un establecimiento de comercio abierto al público o en puntos de venta, se entenderá realizada en el municipio en donde estos se encuentren;
b) Si la actividad se realiza en un municipio en donde no existe establecimiento de comercio ni puntos de venta, la actividad se entenderá realizada en el municipio en donde se perfecciona la venta. Por tanto, el impuesto se causa en la jurisdicción del municipio en donde se convienen el precio y la cosa vendida;
c) Las ventas directas al consumidor a través de correo, catálogos, compras en línea, tele ventas y ventas electrónicas se entenderán gravadas en el municipio que corresponda al lugar de despacho de la mercancía;
d) En la actividad de inversionistas, los ingresos se entienden gravados en el municipio o distrito donde se encuentra ubicada la sede de la sociedad donde se poseen las inversiones.
En la actividad de servicios
el ingreso se entenderá percibido en el lugar donde se ejecute la prestación del mismo, salvo en los siguientes casos:
a) En la actividad de transporte el ingreso se entenderá percibido en el municipio o distrito desde donde se despacha el bien, mercancía o persona;
b) En los servicios de televisión e Internet por suscripción y telefonía fija, el ingreso se entiende percibido en el municipio en el que se encuentre el suscriptor del servicio, según el lugar informado en el respectivo contrato;
c) En el servicio de telefonía móvil, navegación móvil y servicio de datos, el ingreso se entiende percibido en el domicilio principal del usuario que registre al momento de la suscripción del contrato o en el documento de actualización. Las empresas de telefonía móvil deberán llevar un registro de ingresos discriminados por cada municipio o distrito, conforme la regla aquí establecida. El valor de ingresos cuya jurisdicción no pueda establecerse se distribuirá proporcionalmente en el total de municipios según su participación en los ingresos ya distribuidos. Lo previsto en este literal entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2018.
En las actividades desarrolladas a través de patrimonios autónomos el impuesto se causa a favor del municipio donde se realicen, sobre la base gravable general y a la tarifa de la actividad ejercida.”
Consulta del Calendario Tributario
Para consultar el calendario del municipio correspondiente, haga clic en el siguiente enlace. Ten en cuenta que en algunos municipios también encontrarás los vencimientos para medios magneticos municipales, por lo que desliza hasta el final del pdf donde podras encontrarlos.
Recuerda que estas fechas pueden variar según las directrices y pronunciamientos de las secretarías de haciendas de los municipios.
as fechas pueden cambiar según las directrices municipales. Cumplir con el pago de impuestos evita sanciones y garantiza la financiación de servicios públicos. El incumplimiento puede generar multas, afectar la economía del contribuyente y perjudicar a la comunidad.
Premier Accounting S.A.S., no se hace responsable por las variaciones de la información por actualizaciones de las administraciones municipales. La misma debe ser rectificada directamente con el documento oficial emitido por la entidad de control encargada.
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